Cuándo se pide el abono
La opción del art. 39.2 se ejerce en la primera declaración presentada tras un año sin aplicar la deducción: para una generada en 2015, la del período 2016, presentada en 2017.
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Qué dice. Una entidad que generó deducción por I+D en 2015 preguntaba si podía pedir su abono en la declaración del ejercicio 2016. Tributos recuerda el requisito de la letra a) del art. 39.2: que transcurra al menos un año desde el final del período en que se generó sin haberla aplicado. Por eso la opción se ejerce en la primera declaración que se presente transcurrido ese año: la del período 2016, presentada en 2017, si se cumplen los demás requisitos.
Por qué importa. El calendario de la monetización empieza a contar al cerrar el ejercicio de generación, no al presentar su declaración.