Lo que no es I+D ni innovación tecnológica
Las exclusiones del art. 35.3, que valen para las dos deducciones, desde la mejora rutinaria hasta los estudios de mercado o el control de calidad.
Objetivo Podrás identificar las actividades que el art. 35.3 excluye de las dos deducciones y aplicar esa distinción a tareas rutinarias de software.
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- 3 de 24
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- 5 min
ConceptosExclusionesEsfuerzo rutinarioProducción y distribuciónParametrización
El art. 35.3 empieza por lo importante: lo que enumera no se considera ni I+D ni innovación tecnológica. Las exclusiones alcanzan a las dos deducciones.
Sin novedad significativa
Las actividades que no implican una novedad científica o tecnológica significativa. Entre ellas, los esfuerzos rutinarios para mejorar la calidad, la adaptación de un producto o proceso existente a los requisitos de un cliente, los cambios periódicos o de temporada (salvo ciertos muestrarios) y las modificaciones estéticas o menores para diferenciar un producto de otros similares.
Producir, vender y distribuir
Las actividades de producción industrial y de provisión o distribución de bienes y servicios. Entre ellas, preparar e iniciar la producción, incorporar o modificar instalaciones que no estén afectas a la I+D+i, resolver problemas técnicos de procesos interrumpidos, el control de calidad y la normalización, la prospección en ciencias sociales y los estudios de mercado, las redes de comercialización y la formación del personal relacionada con todo ello.
Minería e hidrocarburos
La exploración, el sondeo o la prospección de minerales e hidrocarburos.
El caso del software
Configurar un sistema o migrar datos no acredita por sí solo una novedad científica o tecnológica significativa. Por ejemplo, trasladar registros siguiendo un procedimiento conocido, sin resolver una limitación tecnológica nueva, es una tarea rutinaria. Hay que examinar lo que se hace: escribir código tampoco convierte automáticamente una tarea en I+D o iT. La lección de software avanzado distingue calificación y base fiscal y remite a la evolución de la doctrina.
Tarjetas
- Exclusiones del art. 35.3 — Actividades que no se consideran ni I+D ni innovación tecnológica; alcanzan a las dos deducciones.
- Esfuerzo rutinario — Mejora de la calidad sin novedad científica o tecnológica significativa; el art. 35.3 la excluye.
- Parametrización — Configuración de un sistema mediante sus opciones y parámetros. Su nombre no acredita novedad tecnológica: las tareas rutinarias sin novedad significativa quedan excluidas por el art. 35.3.
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